En una determinación que causó polémica en las redes sociales, la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, rechazó la recusación presentada en su contra por parte del abogado Jaime Granados: que representa los intereses del expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez, en el juicio que se lleva en su contra, por la comisión de los delitos de presunto soborno, fraude procesal y soborno de testigos.
La togada rechazó “de plano” la recusación que interpuso Granados, al argumentar que los motivos de la misma, según Granados, debido a “la imparcialidad de la juez se encuentra seriamente comprometida”, no cursan en este caso. Lo que desató una serie de reacciones en contra de su determinación, durante la diligencia judicial que se adelanta en el complejo de justicia de Paloquemao, en la capital de la República.
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“Al no haber sustentado la causal de recusación, no queda otra alternativa diferente a la de rechazarla de plano”, expresó, en primer término, la jueza en mención, que no encontró méritos para darle traslado a la misma.
“No me voy a ser repetitiva y extensa en esa circunstancia, sino que también el rechazo ha sido decantado, repito, por la Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Penal, en la decisión del 24 de mayo del 2023, a la cual hicimos ya referencia. Y ese rechazo de plano, como ya todos sabemos, pues efectivamente no procede recurso alguno y en consecuencia damos tránsito“, afirmó la togada en su argumentación, al afirmar que el único interés que tiene en el caso es garantizar la correcta impartición de justicia.
Iván Cancino se mostró contrariado con decisión de la jueza Heredia: “Exposición cumple con todos los requisitos para que se dé trámite”
En diálogo con Infobae Colombia, el abogado penalista Iván Cancino, rechazó la determinación de la jueza Heredia, pues iría en contra de la figura que está planteada en el Código Procesal Penal, en la Constitución y que, recordó, está hecha para protección de la imparcialidad del procesado. “Así como el impedimento es para protección del juez, la recusación es una causal para protección del procesado”, afirmó Cancino, que acto seguido expuso los motivos por los cuales los argumentos de la defensa merecían un trámite más profundo.

Para el letrado, es claro que se puede alegar, en cualquier estado del proceso, desde que se justifique la causal y los elementos y evidencias que la soporten, una recusación en ese sentido. “Jaime Granados hizo una exposición que pueden compartir o no, pero que cumple con todos los requisitos formales para que le tenga que dar trámite la señora jueza, por lo que no había ningún motivo para rechazarla de plano”, puntualizó el abogado.

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Cancino, que ha seguido de manera atenta las incidencias de este proceso, indicó que si el equipo que representa al ex jefe de Estado presentó una causal de recusación, es porque “se piensa que la jueza no es objetiva”. Por lo que, desde su punto de vista, lo que procedía en derecho era darle trámite a la recusación; aunque le dio la licencia a que la defensa del exmandatario solidifique su argumento, con el fin de que pueda tramitar un nuevo recurso.

“Esperemos que la defensa interponga una tutela y esperemos que en la lógica, en la protección de la Constitución, a quien le toque la tutela, obviamente decida darle trámite. No tiene que aceptarla ni siquiera, sino darle trámite para ver si tiene razón o no la defensa de Uribe”, puntualizó el abogado penalista consultado por esta redacción, que con ello dio luces de lo que se avecina en este proceso, al que le restan ocho meses, aproximadamente, antes de que se pueda declarar su prescripción.
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